lunes, 12 de febrero de 2007

RESPONSABILIDAD DEL GUIA

A raiz de la desgracia de tenerife se plantea la responsabilidad del guia , aunque este no sea profesional. Os transcribo parte de los comentarios del foro de www.pirineos3000.com
Cualquiera dice el sabado a donde vamos...
Hola a todos. Al hilo del trágico acontecimiento que nos comentaba Sugen, mi mujer (abogada) y yo hemos estado hablando de la responsabilidad que podrían tener los guías de tal actividad (sobre todo el que no pudo ir y daba instrucciones por teléfono). Bueno, aquí habrá opiniones para todos los gustos y no quisiera extenderme. Lo que me ha llamado la atención es que, según mi mujer, hay sentencias en las que se determina que la resposabilidad civil de un accidente de montaña, barranquismo, etc. recae en la persona que organizó la actividad, decidió el itinerario y demás, aunque no sea profesional.Esto es, que si yo me llevo a un par de amigos a hacer un pico que ya he hecho con anterioridad y, debido a esa experiencia organizo yo un poco el tema, en caso de accidente, podrían demandarme y declararme responsable civil, con las consecuencias que eso tiene.Ya sé que no es una situación muy probable (qué amigo va a demandar a otro amigo por una causa de estas), pero si hay sentencias sobre el tema, es que ya se ha dado alguna vez.¿Sabéis algo del tema? ¿Qué os parece? ¿Nos cubre nuestro seguro federativo esa eventual responsabilidad civil? No sé, igual estoy desvariando y esto que planteo no tiene ningún sentido. Vosotros veréis.Un saludo y perdón por el rollazo.

5 comentarios:

Correcamins dijo...

Guapetón, en mi opinión, puedes seguir ejerciendo tu “papel” de “guía” tranquilamente, pues en realidad lo que haces es “compartir tu habilidad y experiencia a favor de los demás miembros del grupo”, ello es, compañerismo puro y duro, aderezado con tu idiosincrasia.

Por lo que respecta a las responsabilidades de los guías de montaña, no creo que el seguro de la Federación cubra nada al respecto, pues se trata de un seguro de “accidentes corporales”. Es decir, el asegurado es el mismo que lo contrata, siendo beneficiario uno mismo (en caso de invalidez), u otros (nuestro cónyuge o herederos), en caso de que fallezcamos. Pero nada respecto de responsabilidad frente a terceros.

Por otra parte, el seguro de hogar, que muchos tenemos contratado, cubre perfectamente las responsabilidades civiles frente a terceros, en el ámbito de nuestra vida privada, lo que incluye las actividades deportivas, siempre y cuando no se trate de competiciones oficiales.

Por tanto, en el caso hipotético de que ocurriera una “desgracia” yendo de excursión y el accidentado (o sus familiares, en caso de que la “palmara”) reclamaran contra el “guía” ¿?, dado que nuestro grupo no realiza actividades oficiales, ni existen vínculos comerciales (cuotas, etc.), para nada creo que debería preocuparse, salvo lamentar el accidente.

nomisx dijo...

No estaria yo tan tranquilo como xvalls comenta. A la hora de organizar actividades con compañeros de mi empresa, nuestra primera preocupación fue contratar un seguro de responsabilidad civil que cubriera los posibles riesgos derivados de esa actividad. De hecho recuerdo (y fernando también) como al final cualquier cosa que salia mal (que si llovia, que si hacia sol, que si le dolian los pies, que si no habia agua, ...) era responsabilidad de los guias y la organización. No tengo conocimientos legales para emitir una opinión, pero hoy en dia te denuncian por que un tipo se ha resbalado en la escalera. Asi que, !! ojito ¡¡

Fernando A dijo...

Tranquilo Guapeton. El cuñado/padrino de mi chica es uno de los mejores abogados penalistas de Palma. Te conseguiré un precio especial...

sebastiabarcelo dijo...

El risc d'una possible demanda no es pot descartar totalment. Ara bé, en un grup com el nostre en què no hi han un guia oficial sino q ens repartim aquest paper,difícilment hi hauria lloc perque la hipotètica demanda fos admesa pel jutjat

UnaMas dijo...

Lo peor q te puede pasar, guapito, por perdernos más de 5 minutos, es kedarte sin cafe...